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viernes, 28 de mayo de 2010

Cuestiones de privacidad

Estas últimas semanas han sido un poco convulsas en lo que a noticias sobre privacidad se refiere. Nos encontrábamos que la Agencia Española de Protección de Datos abría un procedimiento de oficio contra Google por la captación de datos personales de redes wifi y que ahora también se investiga en EE.UU, que la UE lanza una queja formal contra los principales buscadores de la red, que Facebook sufre una inumerable oleada de quejas y reacciones contra sus políticas de privacidad...

Como ven, existe una gran cantidad de material para comentar. No obstante, prefiero esta vez centrarme en generalidades, pues ¿es cierto que estamos ante "un movimiento que roza la histeria" como afirmaban recientemente en las tertulias matinales de una cadena privada? "Ni tanto... ni tan calvo" como se titula el chiste de la imagen.

Está claro que Scientia potentia est ("la información es poder", frase atribuida a Francis Bacon, Barón de Verulam) y que las redes sociales, los buscadores de internet y las empresas en general quieren información en forma de datos de navegación, datos personales, perfiles, quieren saber todo sobre los usuarios. ¿Por qué? dinero. ¡Qué pregunta!

Efectivamente, los datos de los usuarios sobre búsquedas, sobre sus aficiones, sobre sus redes y comunicaciones, sobre toda su actividad en la red, y -gracias a las redes sociales-, fuera de ella, es información muy útil para vender, para realizar acciones de marketing y publicidad (Twitter y Google aclaraban esta semana sus políticas de publicidad), para tomar decisiones estratégicas y hacer alianzas empresariales.

Como curiosidad, sepan que ayer realicé un test de protección a mi cuenta de Facebook a través de ProfilesWatch. El resultado 10 sobre 10 a la primera. No es difícil. Pero mi amigo jfuiks ya me ha indicado a través de Twitter, que esta seguridad es muy relativa, pues para que sea efectiva, todos los usuarios de Facebook deberían de contar con un 10 sobre 10 para evitar que terceros pudieran acceder a sus perfiles a través, por ejemplo de Google. Toda la razón del mundo. Pero eso es problema de ellos. Les dejo la nueva guía de privacidad de Facebook.

Como digo, el problema radica en querer hacerlo. Los usuarios compartirán muchos datos, información, autorizarán cesiones de datos a terceros, permitirán el acceso de desconocidos a sus perfiles... muchos lo harán porque quieren y otros lo harán por desconocimiento.

Entonces, retomamos lo que son para mí, los dos principios básicos deben estar vinculados a la privacidad en la red: la información y la concienciación. Ambos principios son la clave para conocer qué podrán hacer otros con nuestros datos en la red y fuera de ella, y así poder valorar fundadamente los riesgos y beneficios que nuestras acciones en Internet pueden ocasionarnos en el futuro y cómo, en su caso, controlar esas huellas digitales.

martes, 18 de mayo de 2010

Día de Internet 2010

Ayer 17 de mayo se celebró el Día Mundial de Internet. Se han realizado numerosos actos, conferencias e intervenciones. Quizás una de las más elocuentes ha sido la de Juan Carlos Rodríguez Ibarra Premio de Internet 2010, quien defendió la neutralidad de la Red y el uso del software libre.

Reproches al Gobierno a parte, cada persona tiene una percepción distinta de lo que significa Internet. Cada persona asocia la Red a unas funcionalidades concretas. Otras, le sacan el máximo rendimiento para su vida académica, laboral o personal. Unos sólo se conectan para leer la correspondencia virtual y la prensa online, otros prácticamente hacen su vida social enganchados a alguna de las múltiples redes sociales. Todas tendrán derechos y en ocasiones obligaciones.

Por otro lado, está el uso que hacen las empresas de la más importante herramienta de networking del mundo. Unas vuelcan gran cantidad de recursos en posicionar sus webs, otras en crear nuevas aplicaciones con el objetivo de provocar un nuevo boom tecnológico o social. La presencia y diferenciación de una empresa en la Red es cada vez más importante. Sin embargo, es curioso comprovar que todavía existen muchas empresas que no cuentan con página web y toda vía más, la cantidad de conflictos mercantiles, económicos y legales que se generan cada día a raíz del uso del mundo virtual.

Así, las discrepancias por la titularidad de los nombres de dominio de Internet, los problemas con las marcas utilizadas en la red, el escollo de la publicidad viral, los conflictos relativos al comercio electrónico, la seguridad de los pagos con tarjeta por Internet o el problema omnipresente de la protección de los datos y la privacidad de los usuarios, son algunas de las cuestiones con las que las empresas se topan diariamente. Unas veces por conflictos entre ellas, otras con los consumidores y usuarios.

Por todo lo anterior, desde Audens :: Abogados de Nuevas Tecnologías, este año hemos querido participar activamente en el Día de Internet de 2010, siendo como muchos otros, promotores del mismo, y tras el eslogan "A Internet, legalmente", hemos querido promover el cumplimiento en protección de datos, LSSI y derechos de los consumidores de las páginas de las empresas españolas ofreciendo estos servicios en condiciones especiales. Cada vez más, Internet somos todos y el cumplimiento de la legislación, por un lado protege al usuario y por otro ofrece valores añadidos a la empresa.

miércoles, 21 de abril de 2010

He leído y acepto ser un "anima vili"

Comentaba recientemente que nadie se lee la letra pequeña de los avisos legales de los sitios web. Insisto deberían. Yo sigo descontento por que llegen antes a la Biblioteca del Congreso de EE.UU mis Twitts que mis artículos jurídicos.

De las condiciones de uso, términos y condiciones, condiciones generales, políticas de privacidad... que me encuentro a la hora de comprar algo por Internet o registrarme en algún servicio, siempre las leo. En diagonal. Pero me las leo. Con especial incapié en las relativas a la cesión de mis datos personales, las garantías de los productos o servicios y aquellas otras obligaciones escondidas tras un apartado con un nombre que no te invita a leerlo por aburrido, pero que curiosamente contiene "otras obligaciones" relevantes para el usuario.

Fíjense, el porqué hay que acostumbrarse a esta incómoda práctica: 7.500 usuarios ceden gratuitamente sus almas inmortales a GameStation. Si bien es cierto que esto es una broma de esa cadena de tiendas por el April Fool's Day, pero dudo que a alguno le haya hecho gracia. Mi parte preferida: "Si deseamos ejercer esta opción, permitirás rendir tu alma inmortal y cualquier reclamación que puedas tener sobre ella en un plazo de cinco días laborales tras recibir la notificación escrita de Gamestation o uno de sus secuaces debidamente autorizados".

Esto pone de manifiesto que nadie se lee nada. Es fácil. Cuanto más pequeño y escondido estén las cosas... menos se quieren que se encuentren... ¿adivinan por qué?


Insisto en la necesidad de que los proveedores de servicios de la información ofrezcan de una forma más leal, fácil, comprensible y accesible los términos y condiciones de acceso a sus servicios o productos.

domingo, 18 de abril de 2010

El prisionero de sus palabras

El hombre es prisionero de sus palabras y dueño de sus silencios. Efectivamente, una vez más el refranero tiene razón, y más cuando esas palabras están escritas.

Estoy casi seguro de que nadie sabe a ciencia cierta el porqué del enorme éxito de las redes sociales (excelente video sobre este fenómeno) . Está claro que uno de esos motivos es la cantidad de usuarios, pero todos sabemos para qué cosas sirven; desgraciadamente unas son buenas (como negocios y retomar contacto con viejos amigos) y otras no lo son (de ahí alguna nueva modificación de las políticas de Facebook).

Hace poco, una niña de sólo 8 años me daba su versión de qué era para ella una red social: "como una red en la que la gente cuenta cosas de su vida". Interesante definición. Sobre todo porque es rigurosamente cierta. Actualmente existe un debate social muy intenso a cerca del control sobre los menores en este tipo de servicios de Internet.

Sigo pensando, tal y como he escrito en este foro otras veces, que existe un gran problema con la información ofrecida por los sitios de Internet sobre sus política de privacidad y que éstas son tremendamente abusivas. Pues como decía el Retwitt de una amiga en su Twitter de ayer, "The biggest lie ever: I have read and agree to the therms of use".

A pesar de que yo mido mucho lo que escribo en las redes sociales de las que soy usuario, no me hace mucha gracia que mis entradas pasen a engrosar los archivos de la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos (noticia) de una forma tan unilateral.

martes, 20 de octubre de 2009

La brecha tecnológica

Es simplemente curioso el que las nuevas tecnologías sean una de las cosas más antiguas del mundo. Es algo parecido a la palabra "moderno", que quizás también sea una de las más antiguas. Curiosa antítesis ¿verdad?

De hecho, las nuevas tecnologías existen desde siempre, el arco y las flechas que sutituyeron al silex, fue el "high tech" de la Edad de Piedra. Y desde entonces ha sido un no parar, como el invento de la bombilla de filamento métálico que sustituyó a las lámparas de gas. En pleno siglo XXI la palabra "nuevas" de "nuevas tecnologías" casi es ridícula usarla, pues el ritmo de invención tecnológica en todos los campos es sustancial y culitativamente impresionante. Sirva un ejemplo: Usted ya no quiere su ratón de toda la vida, está obsoleto. Y si no, mirén el post de Ángel Jimenez de Luis (será mi próxima adquisición). Deberíamos cambiar la expresión. Se admiten sugerencias.

El caso es que las últimas tecnologías están creando una brecha tecnológica, pues desde la generación de los 70, cambiar de aparato tecnológico y entender sus funcionalidades es como freir un huevo, mientras que para la generación de nuestros padres configurar periféricos de ordenador, utilizar algunas funciones del móvil o comprar por internet puede ser complicado; para la generación de nuestros abuelos, en fin, programar el video... imagínese. La cuestión es que son los jóvenes quienes más uso e influencia le dan a las tecnologías de telecomunicaciones, siendo por ello, los principales afectados por las mismas.

Así lo piensa el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, para quien existen riesgos de privacidad derivados del uso de tecnologías de la información, e Internet. No obstante, Múgica tambien considera que ya existe la "suficiente protección" de los derechos fundamentales de los ciudadanos en este tema. Esto es como todo, las leyes existen, sólo hay que aplicarlas.

Aunque en mi opinión, la mejor arma contra las vulneraciones de derechos en estos temas siempre es la concienciación para el uso moderado y responsable de la tecnología, a parte de tener un buen abogado, claro.

sábado, 12 de septiembre de 2009

Facebook cambia su Política de Privacidad

Me he creado un perfil en Facebook. Así como lo oyen. Después de varias publicaciones en este blog sobre la maldad de la privacidad en las redes sociales, y tras meses sin escribir, ahora retomo esta sana costumbre como miembro de Facebook. Lo de retomar este blog es una de esas decisiones post verano y lo de meterme en Facebook (de verdad) como Marcos Judel (de verdad) no es fruto de una insolación veraniega, aunque a muchos de mis amigos que ya me han agregado a su lista crean algo parecido a raíz de sus mensajes en mi muro.

Como seguramente recuerden, y si no, aquí dejo el enlace a uno de los anteriores artículos, una de las cosas por las que renegaba de Facebook era lo que ellos llaman "privacidad". Si bien está claro que muchos de los problemas con la privacidad en las redes sociales vienen generados por los propios usuarios al subir fotos inapropiadas, ofrecer datos como la situación sentimental, el interés en encontrar cierto tipo de pareja, o incluso datos de creencias religiosas e ideología política, existírán otros problemas similares consistentes en que quienes cuelguen fotos inapropiadas u ofrezcan datos personales íntimos sean terceros.

Sin embargo, esto es más o menos limitable. Mis quejas fundamentales residían en que Facebook tenía una Política de Privacidad desmesuradamente abusiva. Por ejemplo, al darse de alta, el usuariro cedía irrevocablemente y de forma mundial y perpetua los derechos totales sobre las fotogragías que colgara para que la compañía pudiera hacer, hablando claro, lo que le diera la gana con ellas. Esto ha desaparecido de su Política de Privacidad en gran medida gracias a la labor de la Agencia Española de Protección de Datos que desde marzo pasado viene manteniendo encuentros con Facebook para mejorar la información a los usuarios y pulir ciertos aspectos de la política de privacidad de la compañía, como el tema de los menores de edad y las políticas de retención y cancelación de datos.

Por lo menos, ahora se que si me doy de baja de Facebook, se cancelan mis datos, por lo que me quedo un poco más tranquilo.

lunes, 27 de abril de 2009

Encarnizada lucha contra la piratería

En Algunos Hombres Buenos (una película de abogados) se dice "se que no tienes una buena escusa, así que no te haré contar una mala". Efectivamente, no voy a justificar mi falta de entradas en el blog, porque simplemente no tengo excusas, por lo que vamos al caso.

¿Recuerdan el caso de "The Pirate Bay"? En resumidas cuentas eran cuatro tipos suecos que montaron una página web desde la que los usuarios podían descargarse contenido protegido por los derechos de autor a través de enlaces a redes P2P. La fiscalía de ese país los acusó de violar derechos de autor y de "promover que otros pudieran violar los derechos de autor". Uno de los argumentos de la defensa era que hacía exactamente lo mismo que Google: enlazar a archivos. Hace poco ha sido publicada la sentencia: condenados a un año de cárcel y al pago de más de dos millones y medio de euros a Warner Bros, Sony Music, EMI y Columbia Pictures...

Este caso ha levantado una enorme polémica en la red y en toda Europa respecto al tratamiento de la piratería en Internet. ¿Recuerdan una propuesta de ley en Francia que pretendía convertir a las operadoras de internet en ciberpolicías? Esta semana se vuelve a votar esta ley en el parlamento francés. Curiosamente ya se votó en Semana Santa pero no fue aprobada por falta de quorum.

Mientras, el próximo 5 de mayo el Parlamento Europeo votará un paquete de directivas sobre el sector de las telecomunicaciones que incluye una serie de polémicas enmiendas ya bautizadas por la blogosfera como "enmiendas torpedo". Estas medidas pretenden, entre otras cosas que los proveedores puedan ofrecer paquetes cerrados de sitios y servicios a los usuarios, precisamente con vistas a impedir el intercambio de archivos en internet.

De momento en España, proliferan las demandas contra páginas, portales y redes que pueden distribuir y enlazar a archivos para descargar músíca, videos, películas, etc. Es el caso de Elitemp3.net, en la que se asegura que la SGAE le solicita "daños y perjuicios por valor de más de 36.500 euros por poner a disposicion de los visitantes, discos de musica de forma totalmente gratuita". En otros casos la entidad de gestión solicita "un porcentaje por cada descarga que se haya realizado a través de los enlaces que él proporciona" como en el caso de Indice-web.com.

A parte de proliferar las demandas (civiles) en España, se están empezando a interponer querellas (penales), incluso ya hay un precedente, si bien ha sido un acuerdo alcanzado entre la defensa y la acusación, por la que un joven de 22 años ha sido condenado a seis meses de cárcel y al pago de 4.900 euros por un delito contra la propiedad intelectual al promover la descarga de videojuegos por internet, para evitar la demanda en vía civil que podría solictar como compensación una cantidad mucho mayor.

La pregunta -retórica por supuesto-, es que si ya existen medios de defensa de la propiedad intelectual, si ya hay un cánon especial, incluso para las copias legales, si los jueces y tribunales imponen sanciones económicas y de privación de libertad; es entonces necesario facultar a Telefónica, Ya.com, Jazztel, y compañía para que nos corten el servicio si creen que hemos descargado cualquier cosa, que nos limiten el acceso a internet o que nos priven de servicios...

miércoles, 3 de diciembre de 2008

De todo un poco

Desde la última entrada, tengo muchas cosas que comentar y poco tiempo para hacerlo. No obstante no quiero dejar de hacerlo, aunque sea brevemente. Por partes.
  • Los otros piratas de las telecomunicaciones. Recortar gastos inecesarios no es sólo conveniente en tiempos de crisis, si no que responde a una mentalidad no derrochadora. Esta semana he llamado a mi compañía telefónica que es la que además me suministra el ADSL con el que puedo actualizar este blog. Les pregunté si habría alguna forma de pagar menos por mi ADSL (1 mega 50 euros) y me dijeron muy amablemente que no, respuesta que ya me esperaba. Entonces me cambié de compañía en ese mismo momento. Otra compañía que me ofrecía el triple de velocidad por 12 euros menos al mes. Parece un buen trato ¿no creen?.

    Desde ese mismo momento, he recibido tres llamadas telefónicas, de tres compañías de telecomunicaciones distintas, incluida la mía original, ofreciéndome nuevas y maravillosas ofertas de ADSL, televisión, móvil, internet móvil, wifi y mil cosas más. Sobran los comentarios.
  • La campaña del Ministerio de Cultura. Cultura está realizando una campaña titulada "Si eres legal, eres legal" sobre la protección de la propiedad intelectual. También se ha desarrollado un decálogo "Las 10 mentiras más difundidas sobre propiedad intelectual", sin embargo, según las asociaciones de internautas, lo que es mentira son las mentiras que cita la campaña. ¿Enrevesado? Sirva el siguiente ejemplo:

    "6.- Los intercambios de archivos a través de las redes P2P son legales.
    Cultura: ¡Falso! Si estos intercambios tienen lugar sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, son actos ilegales.
    Antidecálogo: ¡Verdadero! Además de lo dicho en el punto cinco, la doctrina de la Fiscalía General del Estado (circular de mayo de 2006) señala que el intercambio de archivos través del sistema p2p no es incriminable penalmente. Es cierto que la Fiscalía señala que pueden constituir un ilícito civil, pero tampoco ha habido un fallo judicial en vía civil contra internautas que hayan usado el p2p sin ánimo de lucro".
    (+ mas).
  • El rasto de los datos personales en Internet. El Director de la Agencia Española de Protección de Datos piensa que los internautas no somos conscientes del rastro que dejamos en Internet al navegar. No le falta razón. En muchos casos es abusivo el uso de nuestros datos en la red (envío de correos publicitarios masivos, uso de cookies de forma desmesurada, publicidad especializada, etc.). Es conveniente que todos los ciudadanos conozcan que sus datos pueden traspasar fornteras y ser tratados para despertarte de la siesta y el modo de ejercitar los derechos para que esto no pase. (+mas).

  • La EXGAE. No, no, no me he confundido al escribir, es así EXGAE. Es una nueva asociación ¿adivinan para qué? Según ellos son “una entidad especializada en librar a los ciudadanos de los abusos de las entidades de gestión como la SGAE”. Teniendo en cuenta las últimas perlas de la SGAE, no me extraña: registros a pinchadiscos, si van a pinchar con discos copiados, se acabó la fiesta (según El Confidencial), utilización de detectives privados para perseguir el cobro del canon.

Para no alargar más esta entrada con mis opiniones sobre todo lo anterior, sirvanse ustedes de hacerlo.

viernes, 28 de noviembre de 2008

Dos iniciativas: una buena, otra...

El BOE, Boletín Oficial del Estado, donde se publican todas las leyes, decretos, órdenes ministeriales, anuncios oficiales y demás, y que todos deberíamos conocer y leer de forma regular - pero este verbo responde más al mundo de las ideas o mundo inteligible de Platón que a la realidad -, para conocer la ley que nos es aplicable, está de enhorabuena. El BOE entra en la Web 2.0. A partir del 1 de enero de 2009 las publicaciones en la página web del Diario Oficial, tendrán pleno valor a todos los efectos y las máximas garantías de autenticidad para facilitarnos el conocer todo el elenco normativo que nos afecta actualizadamente.

En otro orden de cosas, el Gobierno ha metido la marcha directa para adoptar aquí en España un modelo de protección de los derechos de propiedad intelecual en internet similar al sistema utilizado en Francia que hace unos meses descríbía de una magnífica forma Leo.

Básicamente la SETSI (Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Servicios de la Información) estudia que las operadoras de telecomunicaciones puedan mandar avisos a los usuarios si descargan contenidos protegidos, llegando incluso a desconectar al usuario reincidente. Esto también lo adelantaba hace unos meses en este mismo espacio. No obstante, como ya he comentado otras veces, actualmente la ley obliga a que sea un juez quien autorice ciertas actuaciones y no una empresa privada. ¿Donde estarían entonces las garantías constitucionales sobre la presunción de inocencia y la tutela judicial efectiva?.

jueves, 6 de noviembre de 2008

Privacidad en redes sociales

Yo no tengo cuenta en Facebook, ni en Tuenti, ni en Hi5, ni en MySpace. Muchos amigos y conocidos no paran de invitarme a estas redes y no entienden cómo sigo siendo capaz de vivir sin "adorar" estas redes.

Como no tengo cuentas en aquellas, no comparto mis fotos en la playa, la fiesta del fin de semana pasado. No aporto datos personales sobre mis aficiones, los discos que me gustan, los libros que leo, los viajes que he hecho, ni algunos datos personales más. Es que, en primer lugar, no me interesa airear mi vida por internet y en segundo, no me apetece que se airee sola. Les recomiendo esta noticia de El País.

Efectivamente, esto de las redes sociales es un mundo abierto a la obtención de información de los demás. Es cierto que la información que se publica en estas redes se hace de forma voluntaria, pero muchas veces no se es consciente del alcance que puede llegar a tener el vídeo del cumpleaños de su prima que ha colgado en Facebook.

Fíjense en este extracto de las condiciones generales de Facebook: "Al publicar el Contenido de Usuario en cualquier parte del Sitio, otorgas automáticamente a la Compañía (...), una licencia irrevocable, perpetua, no exclusiva, transferible, plenamente desembolsada y mundial (con derecho de sublicencia) para usar, copiar, reproducir públicamente, mostrar públicamente, reformatear, traducir, obtener extractos (totales o parciales) y distribuir dicho Contenido de Usuario para cualquier fin, ya sea comercial, publicitario o de otro tipo, en relación con el Sitio o la promoción del mismo, para preparar trabajos derivados de dicho Contenido de Usuario o incorporarlo a otros trabajos, y para otorgar y autorizar sublicencias de lo anterior". También es cierto que se indica que este consentimiento se puede revocar, pero esto no viene dado, como sería lógico, por darse de baja de Facebook, sino por la retirada del contenido. Primero borre todo y luego dése de baja.

Otra de las cosas que no me apetece en absoluto es ser infestado de correos publicitarios o comerciales. Miran con qué tacto lo explica Facebook: "Por ejemplo, si especificas una película favorita en tu perfil, podemos anunciarte el estreno de una película del mismo estilo en tu ciudad". Y a que no sabía que, Facebook, por ejemplo también puede recopilar información sobre usted de "otras fuentes, como periódicos, blogs, servicios de mensajería instantánea y otros usuarios del servicio Facebook a través del uso del mismo (por ej., etiquetas de fotos) para proporcionarte información más útil y una experiencia más personalizada".

Ante todo esto, - y hay más cosas que he omitido para no alargarlo mucho -, ¿cómo voy a darme de alta en una cosa de estas? Yo seguiré con mis tres cosas: este blog, Flickr para poner la fotos que hago (¿se han fijado que nunda aparezco yo ni nadie?) y LinkedIn (una red social profesional. No me interesa que se conozca mi vida privada pero si la profesional).

martes, 21 de octubre de 2008

Rastrear Internet sin autorización judicial

Lamentablemente existen numerosas noticias sobre pornografía infantil. Afortunadamente casi todas ellas tienen relación con la detención de gente relacionada con ella. Aunque lo mejor sería que no existiera ninguna, por el simple hecho de que por supuesto, no existieran lo abusos a menores y que no existieran los degenerados que los llevan a cabo.

El Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil (GDT) es el encargado de todas aquellas investigaciones sobre delitos informáticos, y la pornografía infantil en Internet les toca muy de cerca. Gracias a ellos cada vez caen más redes de pederastas. Sin embargo, a veces su trabajo no es fácil. Vea el siguiente caso:

Fulano es usuario de redes P2P (e-mule por excelencia). Presumiblemente descarga, cuelga e intercambia material de pornografía infantil. La GDT de la Guardia Civil lo detecta y comienza a rastrear la red en busca de pruebas. En este rastreo obtienen una serie de datos: las famosas IPs (para entendernos digamos que son las "matrículas" de los ordenadores cuando navegan por Internet), claves, nombres de usuarios, etc. Ante ello, la Policía solicita a un juzgado un mandamiento judicial para que los proveedores de internet identifiquen al titular de la línea. El mismo es identificado y detenido.

Resulta que la Audiencia Provincial que lo juzga declara la nulidad de las pruebas por entender que se había vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones (artículo 18.3 de la Constitución Española) y que por tanto no se podía considerar que el acusado hubiera descargado, colgado y compartido material de pornografía infantil. Fulano en la calle. Menuda gracia.

Sin embargo, el Tribuanl Supremo, en la sentencia 236/2008 de 9 de mayo, en un caso similar, entiende que efectivamente no es necesaria la autorización judicial previa para tener acceso a aquella infromación que puede conseguir fácilmente cualquier usuario, ya que es pública, declarando nula la sentencia de la Audiencia Provincial y mandando, por ende, a Fulano a la cárcel.

Así lo ve el Supremo: "Visto el panorama jurisprudencial y legislativo y trasponiéndolo al caso que nos ocupa se puede concluir lo siguiente: a) los rastreos que realiza el equipo de delitos telemáticos de la Guardia Civil en Internet tienen por objeto desenmascarar la identidad críptica de los IPS (Internet protocols) que habían accedido a los "hash" que contenían pornografía infantil. El acceso a dicha información, calificada de ilegítima o irregular, puede efectuarla cualquier usuario. No se precisa de autorización judicial para conseguir lo que es público y el propio usuario de la red es quien lo ha introducido en la misma. La huella de la entrada - como puntualiza con razón el Mº Fiscal- queda registrada siempre y ello lo sabe el usuario. (...) Consecuentemente quien utiliza un programa P2P, en nuestro caso EMULE, asume que muchos de los datos se convierten en públicos para los usuarios de Internet, circunstancia que conocen o deben conocer los internautas, y tales datos conocidos por la policía, datos públicos en internet, no se hallaban protegidos por el art. 18-1º ni por el 18-3 C.E.".

En mi opinión, tiene razón el Supremo al argumentar la sentencia. No podemos confundir el secreto de las comunicaciones que opera obre el contenido de un e-mail, una carta, una llamada telefónica, (sólo se puede acceder al contenido cuando lo permita un juez previamente), del acceso a información que "deja" voluntariamente el usuario al navegar por la red (al escribir en foros, al dejar cometarios en blogs, al acceder a páginas con políticas de cookies agresivas, etc.).

Ojalá no existiera nada sobre la pornografía infantil. Pero mientras exista, el mensajes debe ser este: "depravado, la Sociedad, el Estado de Derecho y la Justicia vamos a por tí".

lunes, 6 de octubre de 2008

Rumores en la red

En el inicio de los tiempos [de la tecnología en casa] se abrieron numerosas puertas al conocimiento. En esos tiempos en los que los PCs y el modem de 56 kbps entraban a raudales en las casas, comenzábamos a disfrutar de acceso a gran cantidad de información con la que poder estudiar, trabajar y comunicarnos más rápidamente. Con el ADSL esa capacidad de obtener información se convirtió en directamente proporcional al número de segundos ante el ordenador. Sin embargo una mala costumbre surgió de todo ello: el copiar y pegar. Un arma de la haraganería.

Hoy ya con ordenadores por doquier, modems 3G portátiles y conectados a la red 2.0, donde ya los usuarios no sólo buscan información en comunidades virtuales, sino que participan de redes sociales, comparten, publican y se citan unos a otros en el universo de Internet. No sólo nos hemos acostumbrado al copiar y pegar, sino que hemos atrofiado el sentido crítico, el contrastar los hechos, el verificar las fuentes, el comprender la situación y valorar las implicaciones que supondrán nuestras aportaciones al ciberespacio. Y caemos víctimas de una nueva forma de ignorancia: el rumor de Internet. Es curioso como estos rumores se convierten en noticia y tienen repercusión aún cuando es difundico como "rumores en la red". Haga la prueba: busque en Google "Rumor en la red".

Así, llegamos a que recientemente, un individuo publicó en un importante blog de nuevas tecnologías a modo de comentario que Steve Jobs (presidente de Apple), había sufrido un infarto. Al parecer decenas de bloggers se dedicaron a publicarlo por la red adelante y en menos de tres clics la noticia llegó a Wall Street donde se produjo una caida de las acciones de la compañía de la manzana. Resulta que era mentira. Al señor Jobs no le pasaba nada. Pero como es mejor atraer visitas a la página, que otros te nombren, y en fin, alcanzar la ciberfama, aunque sea efimera y a costa de difundir bulos, ¿pues qué mas da?

Parece que el que suscribe sea periodista. Sin embargo, ser un buen abogado requiere estudiar los casos con aquellas premisas, que hoy día todos se saltan en la web y que todos nos creemos ciegamente porque " como leí en Internet...". Sólo así nos podemos enfrentar a los pleitos con posibilidades de no salir mal parados, de la misma forma que contrastar lo que leemos puede aportarnos el poder real de la información.

lunes, 29 de septiembre de 2008

Medidas para evitar problemas con el comercio electrónico

Cada vez que me llega una demanda, no dejo de asombrarme por algo. Pocas han sido las veces en las que uno se encuentra con un hueso duro de roer, con una demanda perfectamente estructurada, fundamentada con hechos documentados y alegaciones que ponen a uno contra la pared y que hacen que saque la mejor técnica juridica para tratar de zafarse de una posible condena. Como digo, cada vez que llega una demanda me asombro; unas veces por la gran cantidad de demandados inecesarios, otras porque no están los que deberían, cantidad de veces por falta de legitimación activa o pasiva, por pretensiones desorbitadas o miserables e incluso por falta de competencia territorial o material de los tribunales, pero lo que nunca había visto, haasta ahora, era una demanda a una compañía de seguros por un accidente cuya póliza estaba contratada dos meses después del mismo. ¿Se lo pueden creer? ¡Qué fácil es ejercer esta profesión!

Sin embargo, no me asombro cuando cada vez llegan más asuntos relacionados con la contratación electrónica: incumplimiento de las condiciones generales, falta de servicio, no entrega del bien adquirido por Internet, desconocimiento de las normas de las páginas, cargos a cuentas bancarias de forma fraudulenta...

Ante esta creciente ola de problemas relaccionados con la compra de bienes o servicios por Internet, cabe hacer, aunque sólo sea de forma somera, unas recomendaciones básicas para evitar desagradables consecuencias, que aunque muchas tienen una solución beneficiosa para el usuario, llevan tiempo:

- ¿Es indispensable contratar por medios electrónicos? Esto es lo primero que debe pensar y valorar, ya que dependiendo de quien sea el ofertante, existirá o no un riesgo. Por ejemplo: comprar los billetes del AVE a Sevilla para el juicio de mañana se puede hacer por Internet, ya que Renfe cuenta con el protocolo SSL (Secure Sockets Layer).

- Lea e imprima las condiciones generales de contratación (o las particulares en su caso). Si hay algo que no le guste nada en las mismas, absténgase de seguir adelante. En muchos casos se dice que no se admiten devoluciones, que el usuario exime al vendedor de toda responsabilidad y que renuncia al derecho de desistimiento, etc. Lo mejor buscar a otro proveedor. Imprima los textos legales y guardelos con celo, pueden servir de mucho ante una reclamación.

- Tener una tarjeta bancaria con un seguro especial para comprar por Internet es muy útil en caso de estafa, pues el banco se hace cargo de devolver el dinero y repetir contra quien sea el causante de aquella.

- Cuando se ejerza un derecho como el del desistimiento de la compra (en 7 días sin tener que alegar nada) es recomendable ejercitar además el derecho de cancelación de datos personales, ya que puede ser una medida de posterior presión en caso de que no se atienda la misma.

- Generalemente, ante un incumplimiento de las condiciones generales de contratación por parte del vendedor o prestador del servicio por Internet, el procedimiento a seguir será basicamente un tema civil. Sin embargo lo óptimo siempre será que en caso de que exista una incidencia, se denuncie la misma en Consumo y luego ya veremos.

jueves, 24 de julio de 2008

Patentes de policía

Patente de corso. Seguro que leen este título una vez a la semana, pero no me refiero a Reverte, aunque su título sirva para unir historia y futuro.
Francia e Inglaterra, en la era de los imperios de ultramar, emplearon las patentes de corso para "fomentar" una piratería maquillada de oficialidad. Esta piratería se basaba en atacar barcos y poblaciones de naciones enemigas. Hoy son los ciudadanos de las naciones quienes piratean a los imperios de las discográficas, del cine, de la televisión, y son los estados quienes comienzan a dar "patentes de policía" a los proveedores de Internet para impedir estas felonías.
Como siempre, Leo explicaba de forma magistral, a la par que simpática, el plan francés para proteger los derechos de propiedad intelectual en la red. Coincido plenamente con él en que las creaciones de los artistas, escritores y creadores en general, deben ser protegidos. Pero no a costa de cualquier precio (para ud. y yo).
Hoy se publica una noticia sobre el modelo de actuación que llevará a cabo el Reino Unido: una mezcla entre la propuesta francesa y la regla española. Así las operadoras enviarían cartas a los usuarios de Internet para comunicar que bajar contenidos protegidos es ilegal. Al detectar estas descargas, y tras varios avisos, se reduciría la velocidad de la conexión para impedir la descarga (piense los frustrante que sería bajarse el último capítulo de su serie favorita a 128 k/s como hacía hace 8 años); esto difiere del plan francés, más radical: cortar el suministro a Internet. La propuesta del gobierno británico también contempla la posibilidad de pagar un canon. Sin embargo, éste sería directo por las descargas que se efectuaran sobre contenido protegido por copyright y no como en España, que pagamos por la adquisición de cualquier producto de almacenamiento de datos, por la mera posibilidad de efectuar copias de material protegido, incluidas las legales copias privadas.
Es cuestión de tiempo que en España se comience a importar los modelos europeos que dotan de un poder policial a las compañías proveedoras de Internet. Sin embargo, la pregunta que cabe hacerse es: A ver señores, si ya pago un canon al comprar un cd para grabar en él las fotos de mis vacaciones, que va destinado a las sociedades de gestión de artistas (SGAE, PROMUSICAE, etc.), ¿me van a decir que me van a quitar Internet? ¡Sería el colmo!